¿Los intereses que pagan los títulos son fijos o variables? ¿Con qué periodicidad son recibidos los intereses?

Los Títulos Hipotecarios y no hipotecarios de contenido crediticio tienen tasa fija de interés, así que el pago de intereses es fijo, dependiendo del capital invertido. Algunas emisiones de TIP´s están denominadas en UVR y este índice cambia todos los meses conforme a la inflación mensual, con lo cual el interés de los TIP´s en UVR es fijo en UVR, pero puede cambiar al realizar la conversión a pesos. Las emisiones TIS, TER, TIL y TIV están denominadas en pesos. Los títulos pagan con periodicidad mensual, aunque los TER son trimestrales.

¿Cuáles son los tiempos de permanencia mínima de la inversión en TIP´s, TIS, TER, TIL y TIV?

No existe tiempo de permanencia mínima, los títulos son comprados en el mercado primario a través de un comisionista de bolsa autorizado y en la subasta de la Bolsa de Valores de Colombia, o en el mercado secundario a través de cualquier intermediario de valores. Como los TIP´s, TIS, TER, TIL y TIV son títulos valores se pueden comprar/vender en cualquier momento

¿Qué insumos requiero de la Titularizadora para valorar los TIP´s, TIS, TER, TIL y TIV?

El día hábil antes del pago de cada emisión la Dirección de Estructuración y Riesgo publica la tabla de amortización en escenarios de prepago y valoración para la valoración de los títulos. Para quienes tienen la obligación de valorar a precios de mercado los Proveedores de Precios publican diariamente el precio de valoración de cada título, de acuerdo con la metodología de valoración aprobada por la Superintendencia Financiera. 

¿Son exentos los TIP´s N?

No, los rendimientos financieros de los TIP´s N causados durante su vigencia están gravados con el impuesto sobre la renta y complementarios. La exención aplicable a los TIP´s E quedó sin vigencia para emisiones nuevas realizadas con posterioridad al 23 de diciembre de 2010.

¿Son exentos los TIP´s E?

Los rendimientos financieros causados durante la vigencia de los TIP´s E están exentos del impuesto sobre la renta y complementarios en los términos del artículo 16 de la Ley 546 de 1999 modificado por el artículo 81 de la Ley 964 de 2005. Adicionalmente en desarrollo de dicha norma el componente inflacionario de los TIP´s E en ningún caso constituirá ingreso gravable.

¿Cuáles son las condiciones de negociabilidad y transferencia de los TIPs?

Con posterioridad a su suscripción, los TIPs, TIS, TIL, TER y TIV no estarán sujetos a mínimos ni múltiplos de negociación. Para efectos de su negociación se tomará como referencia el saldo de capital vigente   de la serie correspondiente a la fecha de realización de la transacción , sin que en ningún caso el monto de negociación exceda dicho saldo.

¿Qué sucede si la fecha de pago no corresponde a un día hábil?

Si la fecha de pago no corresponde a un día hábil los intereses y pagos de capital se pagan en el día hábil inmediatamente siguiente sin que haya lugar al pago de intereses por los días transcurridos entre la fecha de pago y el día hábil inmediatamente siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, cuando el día de la última fecha de pago no corresponda a un día hábil, los intereses se pagarán en el día hábil inmediatamente siguiente; en tal evento habrá lugar al pago de intereses por los días transcurridos.

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